El sindicato SITRAP se encuentra desarrollando un proceso de sindicalizacion en empresa PERSONAL DESTACADO LIMITADA S.A (SOLEX), en Siquirres Limón, Costa Rica Esta Empresa esta certificada con la certificación Rainforest Alliance, SITRAP una y otra vez hemos insistido ante la empresa para que nos atienda en reuniones para resolver asuntos que afectan a los trabajadores y trabajadoras, sin embargo la empresa se ha cerrado al dialogo, ya que algunos de los planteamientos que hace el sindicato, lo que hace es contestar por escrito de manera ligera, dejando con esta forma al sindicato y a los trabajadores sin la posibilidad de derecho a la defensa y de exponer los asuntos en una reunión, SITRAP busca un proceso de dialogo con la empresa en el marco de la buena fe, la construcción de la confianza y la paz social, en ese el marco SITRAP solicitó al Ministerio de Trabajo se convoque las partes a una reunión para tratar de hacer ese acercamiento y establecer un mecanismo para atender los laborales, el Departamento de Relaciones de Trabajo Unidad de Resolución Alterna de Conflictos de Limón convocó a las artes para el día 9 de agosto del 2021 a las 8:30, por lo que una delación de SITRAP compuesta por Didier Alexander Leiton Valverde, Juan Hernández Fonseca de la Junta Directiva, y los dirigentes de Base en al finca William Antonio y Espinoza Hernandez, nos presentamos a la hora indicada, pero la empresa en un acto ilegal, de irrespeto al sindicato, y de irrespeto a las autoridades de Ministerio de Trabajo no se hizo presente y se sigue negando a la construcción de ese espacio de dialogo para buscar acuerdos en beneficio a las partes, en su lugar envió aun nota indicando principalmente que no se hacia presente, debido al COVID 19 y que en la empresa existe el comité permanente para atender los atender los asuntos laborales, importante aclarar que el Comité Permanente de Trabajadores, no es contemplada por nuestra legislación ordinaria como un órgano permanente de representación de intereses económicos y sociales de los trabajadores, sino únicamente como un medio para la solución de conflictos colectivos de carácter económico social coyunturales o circunstanciales. Asia lo establecido Sala Constitucional, voto no. 2011-012457 de las 15:36 horas del 13 de setiembre del 2011. Las empresas conocen bien esta situación, sin embargo se siguen amparando a los comités permanentes, para no atender al sindicato, y así seguir violando la legislación laboral y derechos de los y a las trabajadoras